- Negociar la renta del alquiler y la duración del contrato.
Aunque se pacte un contrato de un año, se puede dar por terminado a los 6 meses desde su establecimiento, siempre y cuando se comunique a la persona propietaria con un periodo de 30 días.
- Adquisición preferente de la vivienda frente a terceros en caso de venta de la misma.
- Exigir la reparación de elementos necesarios para la habitabilidad de la vivienda.
- Obtención de recibos de los pagos de la cuota.
- Denunciar si el propietario entra en la vivienda sin permiso.
- Terminación del contrato por necesidad.
- Recuperación de la fianza.
- Continuar en la vivienda si hay cambio de persona propietaria.
- Pago de Fianza en el momento de la formalización del contrato.
- Cumplir con los plazos del pago mensual de la renta
- No subarrendar sin el consentimiento de la persona propietaria
- Dejar la vivienda en buenas condiciones
- Reparaciones derivadas del desgaste por mal uso de la vivienda
- No se pueden realizar obras sin consentimiento de la persona propietaria
- Respetar la convivencia vecinal y la integridad del piso
- Pagar los suministros en el periodo fijado y que forman parte de su consumo.
- Abandonar la vivienda en caso de que el propietario la necesite, para ello debe demostrar que la necesita recuperar dadas una serie de circunstancias específicas fijadas por la ley.
- Desalojo en caso de impago en forma de desahucio judicial, donde el propietario tiene el derecho a recuperar la vivienda.
